Información general, Citación del jurado
Información general
El derecho a un juicio por jurado es un privilegio de todas las personas en los Estados Unidos. Este preciado derecho está garantizado por las Constituciones de los Estados Unidos y de California.
Puede ser citado para prestar un importante servicio como jurado. Ha disfrutado de los privilegios de la ciudadanía y la protección de sus libertades y propiedad a través de nuestro sistema de autogobierno. Por lo tanto, durante un breve período, es posible que se le cite para que actúe como miembro del jurado, un funcionario de la corte, junto con los abogados y el juez.
Como miembro del jurado, será un miembro importante del sistema judicial del Condado de Inyo y de California. La mayoría de las personas que prestan servicios encuentran la experiencia fascinante y gratificante.
Instrucciones de seguridad importantes (COVID-19)
El tribunal implementó cambios significativos en el protocolo del jurado para garantizar la seguridad de todos los posibles miembros del jurado que deban comparecer. Los nuevos protocolos incluyen:
- El tribunal seguirá las guías del Centro para el Control y la Prevención de Enfermedades (Center for Disease Control, CDC) para mantener el distanciamiento social.
- Todos los miembros del jurado y las personas que entren en el tribunal están obligados a llevar una mascarilla que cubra la nariz y la boca en todo momento mientras estén dentro del mismo.
- Puede haber horarios para presentarse de manera escalonada para reducir el número de personas en la sala. Los asientos del jurado se asignarán en consecuencia.
- El personal del Servicio del Jurado está disponible por teléfono: (760) 873-5157 y por correo electrónico: jury@inyocourt.ca.gov para responder a sus preguntas antes de la fecha de la comparecencia.
Ubicación del servicio:
Los juicios con jurado se llevan a cabo en el tribunal de Independence. Si el transporte personal es un problema, consulte el sitio web de la Autoridad de tránsito de Eastern Sierra para conocer el horario de transporte público.
Duración del juicio:
La duración de los juicios varía de uno a otro. Muchos juicios se terminan en 2 o 3 días, pero algunos pueden durar más. El juez de juicio le informará sobre la duración probable del juicio y puede excusarlo de servir en un caso en particular si su servicio representaría una dificultad extrema.
Término del servicio:
El Condado de Inyo opera con el sistema Un día o un juicio. Esto significa que un jurado generalmente sirve durante un día o a lo largo de un juicio. Por lo general, si no es elegido para la selección del jurado después de un día en el tribunal, su servicio se termina durante al menos un año. Si es seleccionado para formar parte de un jurado, una vez finalizado el juicio, su servicio también se termina durante al menos un año. En la mayoría de los casos, los juicios con jurado se llevan a cabo de 9:00 a. m. a 4:30 p. m., de lunes a viernes. Hay breves recesos durante el día y tendrá al menos una hora para almorzar si el servicio del jurado dura todo el día.
Cuotas del jurado:
No se paga la cuota diaria, ni las millas del primer día de servicio. Después del primer día, las cuotas se pagarán a razón de $15.00 por día y 34 centavos por milla de ida desde su residencia hasta el juzgado. Verifique con el secretario del jurado que la corte tenga su millaje correcto antes de salir.
Espere de 4 a 6 semanas después de que el juicio termine para que le llegue su cheque por correo. Si han pasado más de 6 semanas, comuníquese con el secretario del jurado al (760) 873-5157.La sección 215
del Código de Procedimientos Civiles, exime al tribunal de pagar la cuota de $15.00 como jurado a los **empleados de gobierno que reciben un salario regular y beneficios mientras prestan servicio como jurado. Los empleados de gobierno siguen teniendo derecho a recibir el reembolso por el millaje. Si cree que usted puede pertenecer a esta categoría, diríjase al secretario del jurado, que le proporcionará una notificación para que usted la lea y la firme.
** En los empleados del gobierno se incluyen a los empleados del gobierno federal, estatal, local o de cualquier otra entidad pública.
Prueba de entrega:
Algunos empleadores exigen una certificación de su comparecencia para el servicio de jurado, que se proporcionará si la solicita.
Responsabilidades del empleador:
Los empleadores no pueden discriminar a los empleados que prestan servicio como jurado. Los empleadores deben conceder a los empleados tiempo libre para formar parte de un jurado. La sección 230 del Código del Trabajo de California prohíbe a cualquier empleador despedir o acosar a un empleado que haya sido citado para prestar su servicio como jurado, siempre que se le avise con antelación. Las secciones 44037 y 87036 del Código de Educación de California protegen también a los profesores y a los alumnos.
Tenga en cuenta que:
Las personas con discapacidades que requieran asistencia especial o adaptaciones para el servicio de jurado deben comunicarse con la Oficina del Servicio de Jurado antes de su comparecencia (760) 873-5157.
De conformidad con el Código de Procedimiento Civil (Code of Civil Procedure, CCP) 209, cualquier miembro del jurado que no responda a la citación de un jurado como se indica puede ser declarado en desacato al tribunal, sancionado con una multa, encarcelamiento o ambos.
Seguridad de la información del jurado y los contactos del tribunal
La Corte Superior de California y el Condado de Inyo han visto que las personas que se representan a sí mismas como funcionarios del tribunal pueden ponerse en contacto con posibles miembros del jurado y pedir información personal. Tenga en cuenta que el personal oficial del tribunal no solicita información personal a los miembros del jurado por teléfono.
Si recibe una llamada telefónica de alguien que se identifica como empleado del tribunal y solicita información personal como un número de seguro social, fecha de nacimiento, números de tarjetas de crédito, etc., comuníquese con la unidad de fraude de su agencia local de fuerzas de orden. También comuníquese con nuestra Unidad de Servicio de Jurado de la Corte Superior de California, Condado de Inyo al (760) 873-5157.
Información sobre el estacionamiento para el jurado
Hay estacionamiento gratuito disponible en el tribunal de Independence. Hay estacionamientos alrededor del tribunal, así como estacionamiento en la calle.